Tienes veinte días hábiles para impugnar. No son veinte días de calendario, no se paran por pensarlo y, si pasan, ya no hay vuelta atrás: se llama caducidad.
Tope: 24 mensualidades (improcedente) o 12 (objetivo). Sin contar el finiquito.
El Comité Europeo de Derechos Sociales ha dicho que la indemnización española por despido improcedente no siempre repara el daño ni disuade al empresario, y el Consejo de Europa ha pedido revisarla. Mientras la ley no cambie, lo que sí depende de ti es no dejar pasar el plazo. Veinte días hábiles parecen muchos. Descuenta los sábados, los domingos y los festivos, suma la espera para la cita del servicio de conciliación y verás que no lo son.